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Pensión de alimentos de hijos en común

¿Pagas demasiado? ¿Pagas los suficiente?

Cuando nos encontramos ante situación de crisis en parejas con hijos, es necesaria la regulación de las medidas paternofiliales que se van a aplicar y, una de ellas, es la pensión de alimentos de los hijos en común.

Muchas veces en custodias exclusivas o compartidas, resulta difícil establecer el importe de la pensión de alimentos a abonar por cada progenitor, en atención a los gastos de los hijos, así como a su capacidad económica.

Para facilitar dicha tarea, el Consejo General del Poder Judicial ha puesto a disposición de la ciudadanía las denominadas tablas orientadoras para determinar las pensiones alimenticias de los hijos en los procesos de familia. Se trata de una herramienta informática online, creada para realizar el cálculo incorporando datos económicos y atendiendo a si se trata de custodia exclusiva o compartida.

Con fundamento en las variables introducidas, obtendremos una cifra aproximada de pensión de alimentos. Si bien, cabe destacar que se trata de una “orientación” y serán las circunstancias de las partes, y la reivindicación de éstas por parte de la defensa letrada, determinante para la obtención del mejor resultado del pronunciamiento ya que, en Derecho, todo es interpretable.

Es por ello, que aconsejamos ponerse en manos de profesionales que sean capaces de dar el enfoque preciso dirigido a la satisfacción de sus necesidades. 

En nuestro despacho, somos especialistas en asuntos de crisis de pareja y guarda y custodia. No dude en contactar con nosotros, le informaremos y asesoraremos en defensa de sus derechos.

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